06-11-2018, 16:39
(Última modificación: 06-11-2018, 16:40 por SUPRA 3000.)
Por nuestra seguridad (o no)
La Dirección General de Tráfico (DGT) ya tiene preparado el primer paquete de medidas con el que pretende mejorar la seguridad en las carreteras después de cuatro años de incremento de la siniestralidad y una de ellas ya tiene fecha de entrada en vigor: reducir el límite de velocidad de 100 a 90 km/h en unos 7.000 kilómetros de vías secundarias podría ser una realidad el próximo 2 de enero.
El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha aparcado el trabajo de su antecesor, Gregorio Serrano, de poner en marcha una reforma integral de la ley de seguridad vial y de los reglamentos de conductores, de circulación y de vehículos debido a la inestabilidad política de la actual legislatura, por lo que pretende sacar adelante pequeños cambios normativos que vean la luz lo antes posible.
La primera medida que verá la luz es un real decreto que modifica el Reglamento General de Circulación en cuanto a los límites de velocidad en las carreteras convencionales (de un único carril por sentido y sin desdoblar) y con el que la DGT pretende que España se equipare a muchos de los países de la UE.
El texto, entrará en vigor el próximo 2 de enero y supone igualar los límites de velocidad en todas las carreteras convencionales a 90 km/h para coches y motos, y 80 km/h para autobuses, furgonetas y camiones, y sólo cuando haya separación física de los dos sentidos de la circulación podrá fijarse un límite máximo de 100 km/h para turismos y motocicletas.
Tráfico defiende que esa reducción de 10 km/h en carreteras convencionales supondría un descenso de la mortalidad cercano al 10%, máxime cuando en estas vías se producen en torno a un 75% de los accidentes mortales en carretera.
Ligado al real decreto del Reglamento General de Circulación, el anteproyecto de ley penaliza más a quienes pisen el acelerador más de la cuenta en carreteras convencionales con límite a 90 km/h, puesto que ir en esas vías a 111 km/h ya supondría dos puntos menos en el carné y 300 euros de multa (esas sanciones se aplican ahora a partir de 121 km/h).
Disfruten lo (no) votado
La Dirección General de Tráfico (DGT) ya tiene preparado el primer paquete de medidas con el que pretende mejorar la seguridad en las carreteras después de cuatro años de incremento de la siniestralidad y una de ellas ya tiene fecha de entrada en vigor: reducir el límite de velocidad de 100 a 90 km/h en unos 7.000 kilómetros de vías secundarias podría ser una realidad el próximo 2 de enero.
El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha aparcado el trabajo de su antecesor, Gregorio Serrano, de poner en marcha una reforma integral de la ley de seguridad vial y de los reglamentos de conductores, de circulación y de vehículos debido a la inestabilidad política de la actual legislatura, por lo que pretende sacar adelante pequeños cambios normativos que vean la luz lo antes posible.
La primera medida que verá la luz es un real decreto que modifica el Reglamento General de Circulación en cuanto a los límites de velocidad en las carreteras convencionales (de un único carril por sentido y sin desdoblar) y con el que la DGT pretende que España se equipare a muchos de los países de la UE.
El texto, entrará en vigor el próximo 2 de enero y supone igualar los límites de velocidad en todas las carreteras convencionales a 90 km/h para coches y motos, y 80 km/h para autobuses, furgonetas y camiones, y sólo cuando haya separación física de los dos sentidos de la circulación podrá fijarse un límite máximo de 100 km/h para turismos y motocicletas.
Tráfico defiende que esa reducción de 10 km/h en carreteras convencionales supondría un descenso de la mortalidad cercano al 10%, máxime cuando en estas vías se producen en torno a un 75% de los accidentes mortales en carretera.
Ligado al real decreto del Reglamento General de Circulación, el anteproyecto de ley penaliza más a quienes pisen el acelerador más de la cuenta en carreteras convencionales con límite a 90 km/h, puesto que ir en esas vías a 111 km/h ya supondría dos puntos menos en el carné y 300 euros de multa (esas sanciones se aplican ahora a partir de 121 km/h).
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