20-02-2019, 00:06
(Última modificación: 20-02-2019, 00:12 por MotorHooligan.)
(19-02-2019, 14:27)fonsi233 escribió: "En ningún caso podrán los vehículos amparados en autorizaciones de arrendamiento con conductor aguardar o circular por las vías públicas en busca de clientes, ni realizar la recogida de los que no hayan contratado previamente el servicio."
dar vueltas hasta que alguien via aplicacion les contrata es aguardar o circular por las vias publicas en busca de clientesi. En madrid por el centro he podido ver trenecitos de vtc dando vueltas en la misma calle un buen rato y viendo el paisaje no estaban
De nuevo lo interpretas a tu modo.
Si según tu está tan claro, explícame por qué la insistencia en el cambio de normativa, no sería necesario. Bastaría con hacer cumplir la vigente
https://www.elperiodicodearagon.com/noti...42553.html
Por que piden esto cuando esta tan claro?