(07-10-2019, 21:27)Orhi escribió: "El modelo, “tiene una potencia nominal (no punta) de 2.400W”, proporcionados por sus dos motores. En el mercado este patinete tiene un precio que ronda los 3.500 euros, tiene una autonomía de 90 kilómetros y puede alcanzar una velocidad máxima de 85 km/h, según las características técnicas."
Es que vaya tela, habría que empezar por regular la venta de esos cacharros y por definir unos límites. A ver por donde pones a circular un patinete que alcanza 85 km/h
Es que hay cada invento chungo de Aliexpress por ahí que flipas. Por no mencionar lo sencillo que es "trucarlos". Muchos en cuanto salga la ley, se habrán dado cuenta de que han tirado el dinero porque no están homologados o son vehículos a motor que les exigen ciertos requisitos.
De todas formas la ley dice:
Cita:14. Motocicleta. Tienen la condición de motocicleta los automóviles que se definen a continuación:
a) Motocicletas de dos ruedas. Automóvil de dos ruedas, sin sidecar, provistos de un motor de cilindrada superior a 50 cm³, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/h.
Así que eso es una moto eléctrica y debería tener seguro, licencia de conducción, hay que pasar la itv, tiene que ir matriculada, hay que llevar casco.... pero la gente piensa que son juguetes.
(07-10-2019, 21:47)BlackRolls escribió: A mi lo que me choca es lo de los 3.500€
Eso da para una buena moto de 125 , o en el peor de los casos un ciclomotor.
Si ya 300-400€ me parece mucho , 3.500...
La norma actual de momento se basa en la instrucción 16/V-224 que clasifica los VMP así:
Y ninguno de ellos requiere ni de licencia de conducción, ni de seguro, ni de casco, ni de nada, porque no están considerados vehículos a motor. Luego en cada ayuntamiento pueden poner sus normas específicas, esta instrucción de la DGT es a título orientativo y data de 2016 a la espera de que saquen la legislación definitiva, que aún tardará.
De hecho en la instrucción indica:
Cita:los VMP, podrán ubicarse físicamente en el ámbito de la calzada, siempre que se trate de vías expresamente autorizadas por la autoridad local. La autoridad municipal, no obstante, podrá autorizar su circulación por aceras, zonas peatonales, parques o habilitar carriles especiales con las prohibiciones y limitaciones que considere necesarias (relativas a masa, velocidad y servicio al que se destinan) para garantizar la seguridad de los usuarios de la vía.
Así que de momento esto es un sindiós. Se puede circular con cualquier cosa y casi por cualquier sitio según cada ayuntamiento.
Así es normal que a muchos le interese algo así de la misma manera que hay quien tiene un cuadriciclo que cuesta más que un compacto.
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