12-08-2017, 16:11
El manual de reformas de importancia indica que el alumbrado antiniebla se rige por el reglamento 76/772/CEE y este indica que se puede usar luces amarillas. Lo peliagudo es que indica la coloración puede conseguirse por la bombilla, por el cristal del antiniebla o “por cualquier otro medio apropiado”. Muy ambiguo eso último.
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